La fotografía representa un tramo señalizado pero no siempre ocurre así, por lo que, en ausencia de señales, el conductor debe estar pendiente de la visibilidad que tiene a su frente y no adelantar cuando no veamos bien o tengamos dudas
-Contenido actualizado el 4 de mayo 2020-
El adelantamiento es una maniobra que altera el orden normal de circulación puesto que hay que invadir la parte de la calzada o el carril destinado al sentido contrario. Cuando la circulación es de doble sentido existe riesgo de encontrarnos con vehículos que nos vienen de frente. De ahí que sea una maniobra peligrosa en carreteras o calles que tienen un carril para cada sentido de la marcha debido al riesgo de sufrir una colisión frontal.
Una maniobra que debe evitarse si, durante la conducción, existen circunstancias ambientales o del terreno que dificulten la visibilidad y cuando la señalización de la vía, mediante paneles informativos, señales verticales y horizontales, nos indica expresamente la prohibición de adelantar. No obstante, la norma sobre el adelantamiento nos dice los lugares de la vía pública donde está prohibido el adelantamiento. Vamos a verlos:
Curvas y cambios de rasante
En las curvas y cambios de rasante cuando la visibilidad es reducida debido al riesgo que existe de colisionar contra el vehículo que circula en el sentido contrario al nuestro. Las curvas como los cambios de rasante, son tramos de carretera que deben estar debidamente señalizados con señalización horizontal, es decir, una o dos líneas longitudinales continuas que delimitan el carril por el que circulamos. Además, dichas líneas complementan la señal vertical de adelantamiento prohibido (R-305) que indican la prohibición de adelantar a los vehículos de motor que circulen por la calzada desde donde esté situada la señal y hasta la próxima señal de «Fin de prohibición de adelantamiento» o de «Fin de prohibiciones».
Túneles y pasos inferiores
En los túneles y pasos inferiores de un sólo carril en el sentido de marcha e independientemente de que el túnel o paso inferior esté o no iluminado. Un tramo que estará señalizado con la señal vertical (S-5), túneles, para indicarnos el principio del túnel así como la longitud del túnel en metros. No obstante, sí se podrá adelantar en estos tramos, siempre y cuando se disponga de más de un carril para el mismo sentido de circulación. Aún así, debemos ir atentos porque el alumbrado de los vehículos que circulen en sentido contrario nos puede deslumbrar, sobre todo, al principio y final del túnel.
Intersecciones
En intersecciones y sus proximidades debido a que, si decidimos adelantar, podemos encontrarnos a otros vehículos, ciclistas o peatones cruzando con el consiguiente riesgo de colisión o atropello. No obstante, sí estaría permitido el adelantamiento en una intersección siempre y cuando se realice en glorietas o plazas de circulación giratoria, pero ojo con la regla de volver nuevamente a la derecha si queremos salir por la próxima salida. Dentro de las intersecciones existen dos casos permitidos para adelantar por la derecha: cuando el de delante va a parar o girar a la izquierda y cuando se adelante a un tranvía que circula por el centro de la calzada y ésta sea de doble sentido.
Pasos a nivel
En los pasos a nivel y sus proximidades debemos estar siempre pendientes de las oportunas señales acústicas u ópticas del propio paso a nivel. El riesgo que supone pasar por encima de unas vías lleva unida la máxima atención en cumplir con la preferencia de paso. Para ello, debemos reducir la velocidad al aproximarnos y una vez llegados a la barrera, señal de «Stop» o línea transversal continua, debemos parar el motor y esperar a que pase el tren. Una vez se nos permita el paso debemos cruzar la vía férrea sin demora y con seguridad para no quedarnos inmovilizados. Durante el cruce o paso por dicha vía férrea podremos adelantar sólo a vehículos de dos ruedas.
Intersecciones con vías ciclistas
En las intersecciones con vías ciclistas y sus proximidades no podemos adelantar debido al riesgo de atropello. La circulación en paralelo de ciclistas hace que la circulación sea más peligrosa. Por eso, si pasamos con nuestro vehículo por una intersección señalizado como vía ciclista, tenemos prohibido adelantar. Ahora bien, para no jugarse el tipo, tanto el ciclista en carretera como cualquier otro conductor, las intersecciones definen claramente el uso de preferencia con una señalización clara para todos los conductores. Se trata de la señal de STOP, una señal que quien la encuentra a su frente debe parar siempre, vengan o no vengan vehículos.
Pasos para peatones
En los pasos para peatones y sus proximidades está prohibido el adelantamiento debido al riesgo de atropello. No obstante, sí está permitido adelantar en dichos pasos para peatones, siempre y cuando circulemos a una velocidad tan reducida que nos permita detener el vehículo ante un posible atropello. Un riesgo añadido a estos pasos de peatones son los carriles bici anexos a la zona por donde deben cruzar los peatones. Precisamente, comentamos hace tiempo las consecuencias de cruzar un paso de peatones circulando en bici y las consecuencias de utilizar el peatón un carril bici. Por tanto, tenemos que ir doblemente atentos porque no sólo puede cruzar un peatón sino también un ciclista.
Finalmente, nos queda aclarar que la prohibición de adelantar, además de los casos enumerados, puede estar impuesta por dos motivos: la señalización fija o circunstancial de la vía ante un corte de carretera u obras en la misma y por las condiciones adversas a la conducción como, por ejemplo, niebla, lluvia, nieve o humo que impidan o dificulten la visibilidad de los vehículos, ciclistas y peatones que se aproximen a nuestro paso. Por lo tanto, antes de adelantar: mira a tu alrededor.
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