Después de plantear o debatir sobre cuestiones importantes de educación y seguridad vial, como por ejemplo, la velocidad a 110 kilómetros por hora, que si reducimos a 30 kilómetros por hora en ciudad, etcétera… uno ya no sabe qué pensar cuando lee la noticia sobre una sentencia que pone punto y aparte a unos hechos que ocurrieron en la Semana Santa del pasado año en Sevilla.
Va a cumplirse un año de aquella terrible tragedia. Para el que no haya consultado los sucesos de Andalucía en los últimos días, le haré un resumen. Dos chicas de 26 y 30 años fallecieron tras ser atropelladas por un vehículo en el Paseo de Colón, a la altura de la Torre del Oro, mientras cruzaban por el paso de peatones. El conductor tras celebrarse el juicio ha sido condenado a pasar seis años y medio en la cárcel.
¿Qué se puede decir ante acontecimientos así?
El joven conductor del turismo que protagonizó el accidente circulaba a una velocidad, según el atestado, de entre 90 y 110 kilómetros por hora en una vía limitada a 50, arrojó una tasa en el test de alcoholemia de 0,51 miligramos por litro en aire espirado (el doble de lo permitido) y carecía de permiso de conducir tras haber perdido todos los puntos por otras siete infracciones. Además el día del juicio se llegó a plantear el hecho de que dicho individuo intentó darse a la fuga tras el atropello de las dos víctimas.
Ya hace tiempo Josep nos recordaba por qué el alcohol es incompatible con la conducción, también Javier hace poco sobre las consecuencias de conducir sin carnet. Creo que a estas alturas somos conscientes de los riesgos al volante habiendo ingerido alcohol. Y, por supuesto, somos conscientes de que conducir teniendo retirada la autorización para conducir bien por la Administración o por el Juzgado es delito. Entonces, ¿cómo es posible que sucedan casos como el de Sevilla?
Tras leer la noticia podemos reflexionar sobre lo ocurrido, como se suele decir aunque con un tinte de muy pocos amigos “lo pasado… pasado está y no tiene vuelta de hoja” pero… ¿pudo haberse evitado este suceso? Sí, se pudo ya que este caso no es fruto del azar ni del destino, es jugársela por jugársela.
Vale que tengas un mal día en tu trabajo o en tu ambiente familiar o social, que estés harto de esforzarte y que no valoren lo que haces, que desde hace tiempo deseas evadirte por un rato con tu mejor amigo y pasarlo bien. Hasta ahí, es entendible. Pero combinar tus ganas de fiesta o de desahogo con el alcohol y encima ponerte a conducir cuando no debes, perdona pero eso es poner en juego la vida propia y la de los demás.
Podríamos incluso afirmar que no estamos ante un accidente de tráfico sino más bien ante un caso claro de doble homicidio por parte de un individuo que decide ponerse al volante de un vehículo a sabiendas de que tiene retirada su autorización para conducir y además se encuentra en estado de embriaguez. Todo esto, cuando tuvo la excusa perfecta para decirle a su amigo o acompañante: lo siento, no debo conducir, me han retirado el carnet.
No me gusta formar parte del populismo punitivo, es decir, apoyar los comentarios que se hacen a toro pasado sobre hechos como el que nos ocupa y que llenan el espacio para opinar con una lista interminable de acusaciones y de condenas que de nada sirven. Pienso que eso es echarle más leña al fuego. Lo importante es reflexionar para que no se repitan estos lamentables sucesos y esperar a que tomen nota los que tienen en sus manos la responsabilidad de cambiar las normas, así como de sus instrumentos para que funcionen bien.
Vía | Diario de Sevilla (gracias, Maricarmen, por la pista)
Foto | My Buffo, Slewrate
En Circula Seguro | ¿Por qué alcohol y conducción son incompatibles?, Conducir sin carnet o como jugar con fuego