En contadas ocasiones ocurre que un cinemómetro (o radar de velocidad para los amigos) capta a dos vehículos en la misma foto con lo que se presenta una duda más que razonable sobre cuál de los dos vehículos circulaban por encima de la velocidad reglamentaria en ese tramo. La lógica nos dice que el que lo hacía por el carril izquierdo debería ser el que cometió la infracción pero esta lógica se convierte en un clavo, ardiente o no, al que se agarra normalmente el conductor sancionado para intentar no tener que pagar la correspondiente multa.
Pero si esto es raro, más raro es todavía (por no decir imposible) que el que aparezca fotografiado sea el vehículo que no estaba cometiendo ninguna infracción. Ambas circunstancias pueden ocurrir en radares situados en el lateral de la vía, que barren de forma transversal a la circulación pero sin embargo, también puede ocurrir en los colocados en los pórticos o incluso en los últimos radares de tramo, tal y como veremos a continuación.
Hace unos meses, un vehículo fue sancionado en la A6, a la altura de los túneles del Guadarrama por exceder la velocidad en el radar de tramo allí existente. Ese tramo de vía está limitado a 100 mientras que la foto había captado al infractor a 120 km/h. Pero la foto captó además algo más: una sombre de otro vehículo que circulaba en paralelo.
A pesar de que la multa ascendía a tan solo 100 €, 50 € con el descuento por pronto pago y no acarreaba retirada de puntos, los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) aconsejaron al conductor recurrir la multa ya que la fotografía no constituye prueba concluyente para identificar de forma indudable al vehículo con el que se cometió el exceso de velocidad denunciado. De esta forma, existían dudas más que razonables de que se estuviera exigiendo el pago de una multa a un inocente.
Finalmente Tráfico ha aceptado los argumentos presentados por la AEA y con ello retirado la sanción. Reconoce que cualquiera de los dos vehículos pudo haber activado el cinemómetro y por lo tanto, no existe pruebas concluyentes que señales a uno de los dos conductores.
Para el presidente de la AEA, Mario Arnaldo, el que Tráfico haya aceptado el recurso es un gran avance ya que supone un precedente jurídico y con ello, un avance en el restablecimiento de las necesarias garantías jurídicas que deben rodear a cualquier expediente sancionador, especialmente cuando se trata de infracciones graves o muy graves captadas por un medio técnico, cuyo correcto funcionamiento debe estar perfectamente acreditado.
Lo mejor para no tener que esperar a tener una suerte similar es respetar los límites de velocidad. Y tranquilo, todavía no existe vehículo lo suficientemente rápido para que sea capaz de pasar por delante de un radar a la vez que te adelanta, y que sea invisible para la cámara. Bueno, igual si lo conduce un vampiro…
Vía | El Comercio