El titular de un vehículo de motor, remolque o semirremolque en el que se haya efectuado una reforma de importancia deberá regularizarla ante el órgano de la Administración competente en materia de industria
El sistema de escape, de nuestro vehículo, es el conjunto de órganos que se encarga de recoger los gases producto de la combustión que se produce en el motor para expulsarlos al exterior, de tal manera, que no perjudiquen ni a las personas ni al medio ambiente. De ahí, sus tres funciones: evacuación de gases, contaminar lo menos posible, tanto acústica como térmicamente y conseguir la mínima contaminación ambiental posible, utilizando catalizadores para reducir el impacto ambiental y realizando una conducción eficiente para hacerla más segura.
Las modificaciones en el sistema de escape tienen como función optimizar el flujo de los gases de escape del motor ya que mientras más fácil sea para el motor evacuar estos gases, mejor funcionará y ofrecerá un mejor rendimiento. Pues bien, dicha modificación o sustitución de las características del sistema de escape en el vehículo, tales como: disposición, volumen total, silenciadores, catalizador y tramo de salida, supone, (salvo que reúnan los requisitos de dos directiva europeas, -que más adelante veremos-) tramitar la reforma de importancia bien a través de Industria o directamente en cualquier Estación ITV para legalizar la situación y poder circular con el vehículo.
Conducir con malos humos no es recomendable
Los casos más típicos de reformas en el sistema de escape con: cambiar silenciosos y catalizadores, salvo que éstos sean homologados como recambios, la cola de escape con cambios en la geometría del tramo de salida y la cola de escape con cambios de niveles de ruidos y emisiones contaminantes. Unas reformas que, entre otras cuestiones, suelen ser complicadas debido a que se debe estudiar el flujo de los gases para optimizar su salida, no debe afectar a la potencia del motor y tampoco originar recalentamiento. De lo contrario, además del gasto, tendríamos una avería mecánica.
No obstante, no se considerará reforma, a efectos del Manual de Reformas de Vehículos:
– La sustitución de silenciosos por otros que cumplan la Directiva 97/20/CE o la sustitución de catalizadores por otros que cumplan la Directiva 98/77/CE.
– El embellecedor del escape si es del tubo original y sin salir de la línea de referencia del vehículo, es decir, que no puede ser más largo que la parte mas saliente del paragolpes.
– La modificación del tramo de salida para la instalación de un embellecedor de escape si no afecta al silencioso trasero o no introduce cambios importantes en la geometría (simple-doble salida). Se entiende por tramo de salida, el comprendido entre el último silencioso y la salida.
La Reforma de Vehículos, como inspección extraordinaria
La inspección técnica de los vehículos tiene por objeto comprobar si los mismos cumplen las condiciones técnicas exigidas par su circulación por las vías públicas
Pues bien, si decidimos realizar la reforma de importancia en el vehículo la documentación necesaria que tenemos que aportar será, el informe de conformidad y el certificado del taller donde se detalle debidamente la modificación realizada sobre la configuración de la unidad motriz del vehículo.
Una vez en la Estación ITV, si no se observa ninguna deficiencia durante la inspección extraordinaria tras verificar en el vehículo: el acondicionamiento exterior, carrocería, chasis, emisiones, motor y transmisión, podrá anotarse la fecha con la incorporación o modificación del sistema de escape, admitiéndose el nivel de emisiones a fecha de matriculación del vehículo. Si dicha reforma supone la modificación de la potencia máxima, se tramitará una nueva anotación de la reforma en la tarjeta ITV donde se hará constar el aumento o disminución de la potencia, así como la nueva potencia máxima en (kW). No obstante, en el caso de variación de la velocidad máxima, deberá adecuarse el código de velocidad de los neumáticos a la nueva velocidad máxima.
Para terminar, a modo de recordatorio, si se efectúa en el vehículo una modificación, sustitución o eliminación de algún componente del sistema de escape sin autorización, según el Manual de Procedimiento de Inspección de las estaciones ITV, (Revisión 7ª de Enero – 2012) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, estaríamos ante un defecto que inhabilita al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller, o en su caso, para la regularización de su situación y nueva inspección técnica en un plazo no superior a dos meses.
Fuente | Manual de Reformas de Vehículos
Foto | J_O_N_A_X, Raúl Hernández González
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