Nuevos elementos y reforma en nuestro coche: homologación y revisión en la ITV

Jose Ramon Martinez Fondon

13 de abril de 2021

Si has leído el título de este artículo, es posible que se te haya venido a la cabeza los programas de televisión sobre tuning o sobre restauración de automóviles. Puedes pensar que este artículo no es para ti, pues no tienes intención de cargar tu coche con vistosos alerones o parachoques de competición.

Sin embargo, sí puede darse el caso de que quieras ponerle la suspensión más alta, cambiarle los faros por otros que alumbren mejor o simplemente instalar unas llantas más bonitas. Debes saber que todos estos casos se consideran una reforma para la Dirección General de Tráfico (DGT), y que debes pasar por la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para legalizarla.

Qué se considera reforma de un vehículo

Hace ya muchos años que no abordamos el tema de las reformas en un vehículo, y desde entonces ha habido muchos cambios que debemos tener en cuenta. No en vano, recientemente hemos revisado cuál es la situación actual si queremos hacer modificaciones en nuestra moto, por lo que ahora le toca el turno a nuestro coche.

Para saber si tenemos que pasar por la ITV tras realizar la modificación, debemos saber primero qué se considera reforma. Para ello nos remitimos al Artículo 3 del Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.

«Reforma de vehículo: Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio. Este término incluye cualquier actuación que implique alguna modificación de los datos que figuran en la tarjeta de ITV del vehículo».

De manera muy resumida podemos decir que se considera reforma toda aquella actuación que cumpla con al menos uno de los siguientes puntos:

  1. Que se cambie alguna de las características del vehículo.
  2. Que se modifique algún dato figurado en la tarjeta de la ITV.

Qué tipo de reformas podemos hacer

Reforma coche ITV

Como vemos, para la DGT el concepto de reforma no se basa en la modificación estética de nuestro vehículo, sino en el cambio de sus funciones y las de sus elementos. De hecho, el citado Real Decreto 866/2010 clasifica los tipos de reforma en función de sus funciones, de tal modo que podemos encontrar las siguientes:

  1. Identificación: número del bastidor o matrícula.
  2. Unidad motriz: sistema de admisión del carburante, alimentación, depósito, baterías (en caso de eléctricos), etc.
  3. Transmisión: embrague, caja de cambio, sistema de tracción, etc.
  4. Ejes y ruedas: distancia de ejes, sustitución de neumáticos, llantas, etc.
  5. Suspensión y otros componentes elásticos.
  6. Dirección: volante, mandos y sistemas avanzados.
  7. Frenos: sistemas de frenado y de absorción de energía cinética.
  8. Carrocería: acondicionamiento tanto exterior como interior.
  9. Dispositivos de alumbrado y señalización.
  10. Uniones entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques.
  11. Modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta de ITV.

En todo caso, y según nos cuenta el propio Real Decreto, existe un Manual de Reformas de Vehículos elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con las ITV de las comunidades autónomas. Este manual establece las reformas tipificadas y su codificación, así como la documentación para su tramitación en cada caso. De igual forma, el documento es revisado periódicamente para recoger los posibles cambios que pueden darse en la normativa tanto nacional como europea.

Cómo homologar nuevas piezas y accesorios del coche

Reforma coche ITV

Antes de realizar cualquier reforma en nuestro vehículo debemos saber que si la modificación supone la incorporación de alguna pieza o accesorio, este debe estar debidamente homologada de acuerdo a la Directiva Europea 2001/116/CE. Por muy bien que se realice el trabajo en el taller posteriormente, sin la homologación no podremos legalizar la reforma en la ITV. Para realizar este trámite debemos seguir los siguientes pasos:

  1. Buscar en la ficha reducida del elemento (la debe proporcionar el fabricante del mismo) la clave de homologación. Se trata de una combinación de números y letras que podremos identificar por llevar el patrón 2001/116, en referencia a la citada Directiva.
  2. Solicitar al fabricante de nuestro vehículo el Informe de Conformidad, con el que da su visto bueno a la idoneidad de la incorporación del nuevo elemento. En este informe debe constar el Código de Reforma que se ha aplicado, así como los puntos de la ficha técnica de nuestro vehículo que cambian con respecto a la original.
  3. Solicitar al taller el Certificado de Taller, donde se da validez al proceso de montaje del nuevo accesorio. Si somos nosotros mismos los que hacemos el trabajo, igualmente debemos acudir a un taller inscrito en el registro industrial para que nos expida dicho documento.
  4. Acudir a la ITV en el plazo de 15 días tras la realización de la reforma, para inspeccionarla y legalizarla. Esto lo explicaremos en el siguiente punto.

Cómo hacer la inspección de una reforma del coche en la ITV

Reforma coche ITV

Como hemos dicho más arriba, una vez que hemos homologado todas las piezas y hemos realizado la reforma en el taller, nos toca acudir a la ITV para legalizar nuestro coche (recordemos que tenemos 15 días para ello). Este proceso de legalización con la ITV consta de dos fases bien diferentes.

Inspección documental de la reforma

Antes de acudir a la ITV con nuestro coche, debemos hacer entrega primero de toda la documentación para que los técnicos puedan revisarla y dar su conformidad. Los documentos que debemos aportar son los siguientes:

  1. Documentación del vehículo: la nueva ficha técnica y el permiso de circulación del vehículo.
  2. Informe de conformidad del fabricante de nuestro vehículo o, en su defecto, uno facilitado por un laboratorio certificado.
  3. Certificado de taller facilitado por el mismo una vez haya realizado el trabajo o inspeccionado el nuestro para su verificación.
  4. Proyecto técnico realizado por un ingeniero y que detalla todos los aspectos técnicos de la reforma a realizar. Lo explicamos más abajo.
  5. Informe final de reforma realizado por el mismo ingeniero, que certifica y aprueba la totalidad del trabajo realizado.

Inspección física de la reforma

Finalmente, tras la conformidad de la ITV de la inspección documental, acudiremos con nuestro vehículo para que se realice la inspección física. Los técnicos se encargarán de verificar que lo realizado se ajusta a lo descrito en la documentación y que el vehículo puede circular con total seguridad con la reforma realizada. Esta inspección es diferente a la periódica que hacemos habitualmente, por lo que debemos especificar el motivo de la misma cuando contactemos con la estación de la ITV.

Proyecto técnico de la reforma en nuestro coche

Reforma coche ITV

Como decimos más arriba, en ocasiones será necesaria la redacción de un proyecto técnico por parte de un ingeniero autorizado. Lo mejor para saber si lo necesitamos es contactar con un profesional de este tipo o consultarlo en el taller donde vamos a realizar la reforma. Lo más probable es que así sea si el trabajo supone la sustitución, modificación o eliminación de alguno de los elementos de nuestro coche.

El proyecto técnico se compone de las siguientes partes:

  1. Memoria con los datos del coche, la descripción de la reforma y la justificación legal para llevarla a cabo.
  2. Plano del esquema del coche antes y después de llevarse a cabo la reforma, y en el que se identifiquen los elementos modificados, añadidos o eliminados.
  3. Cálculos justificativos sobre la idoneidad del proyecto, así como la verificación de que la reforma no influirá en la seguridad del coche.
  4. Pliego de condiciones sobre los materiales utilizados, el proceso de taller, permisos, etc.
  5. Presupuesto detallado de todo el proyecto: nuevas piezas, trabajo en taller, redacción del proyecto, gestiones…
  6. Certificación de finalización de la obra.

Como vemos, el proceso para realizar cualquier reforma en nuestro vehículo es sencillo. Aunque sí debemos tener paciencia en la culminación de los tiempos y ser rigurosos en el cumplimiento de los distintos pasos. Si no se realiza la homologación o la inspección en la ITV, debemos saber que podemos ser sancionados con al menos 200 € de multa e incluso con la inmovilización de nuestro coche.

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