Nuevos tiempos, nuevas normas

Redacción Circula Seguro

2 de marzo de 2022

Desde hace varias semanas la Dirección General de Tráfico viene comunicando en los medios la inminente entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico. Bajo el eslogan “Nuevos tiempos, nuevas normas” esta normativa tiene como objetivo adaptarse mucho más a la realidad de los conductores y regular la irrupción de las nuevas tecnologías en el uso de los vehículos. La nueva ley, aprobada en diciembre de 2021 y que entrará en vigor a partir del próximo 21 de marzo, presenta muchas novedades que has de tener en cuenta a partir de esa fecha. Te contamos los diez principales puntos para que tomes nota:

  1. Supresión de la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar el límite de velocidad permitido en 20 kilómetros por hora en los adelantamientos en las carreteras convencionales. La DGT justifica esta medida para evitar los impactos frontales en los adelantamientos. Incurrir en este tipo de infracción supondrá además una multa por exceso de velocidad de 100 euros.
  2. Conducir con el teléfono móvil en la mano: seis puntos menos en el carnet. Las distracciones son la primera causa de mortalidad en las carreteras, concretamente suponen el 34% de los incidentes de tráfico y la DGT quiere luchar contra este porcentaje detrás del que, en la mayoría de los casos, se encuentra el teléfono móvil. Es importante que tengas en cuenta que para ser sancionado no hace falta ni si quiera que vayas hablando, basta con que lo tengas en la mano para que los 3 puntos que te quitaban hasta ahora se conviertan en 6. Se considera infracción grave y la multa es de 200 euros.
  3. No usar el cinturón de seguridad, el casco o los sistemas de retención infantil pasa de costar 3 puntos a 4. El mensaje es claro: los sistemas de protección obligatorio son fundamentales para minimizar o evitar las lesiones en los percances viales. En el caso de los sistemas de retención infantil esto afecta a los menores con una talla inferior a los 1,35 metros. La sanción económica de 200 euros no varía.
  4. 0,0: nueva tasa de alcohol para los menores que conduzcan cualquier vehículo permitido. La venta de alcohol está prohibida para los menores de 18 años. No obstante, cada vez son más los incidentes que se registran por el consumo de alcohol en edades cada vez más tempranas. La combinación con el manejo de los vehículos que los menores pueden conducir (ciclomotores, cuadriciclos, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) puede ser letal. Por eso, El nuevo texto legal aprobado establece una tasa de alcohol de 0gr/l en sangre o 0mg/l de aire espirado para los conductores.
  5. Alcoholímetro obligatorio para arrancar vehículos de pasajeros. A partir de 6 de julio de 2022, todos los vehículos de transporte de pasajeros que se matriculen han de llevar instalado una interface para la instalación de este tipo de dispositivos, de tal manera que si el conductor rebasa la tasa permitida, el vehículo no se pueda poner en marcha.
  6. Más seguridad para los ciclistas y los conductores de ciclomotores. La nueva ley obliga a los conductores del resto de vehículos a motor a cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o motos que cuenten como mínimo con dos carriles en cada sentido de la circulación. Si anteriormente, adelantar poniéndolos en peligro se sancionaba con la pérdida de 4 puntos, ahora costará 6. La medida de seguridad para hacerlo se sigue manteniendo en 1,5 metros, al igual que la multa económica que, en caso de no respetarlo, será de 200 euros.
  7. Tirar objetos que puedan provocar un incendio. Arrojar objetos a la vía o a sus inmediaciones que puedan provocar incendios o poner en peligro la seguridad vial ya se consideraba infracción grave por la actual Ley y estaba castigado con 4 puntos y 200 euros de sanción. Ahora la modificación, mantiene el importe de la multa, pero aumenta el número de puntos perdidos hasta 6.
  8. Recuperación de puntos del carnet: a partir del 21 de marzo se unificarán los periodos necesarios para recuperar puntos del carnet de conducir sin acudir a cursos de recuperación. Si hasta la fecha podían ser hasta 3 años, a partir de ahora serán 2 años sin infracciones que supongan la merma de puntos los necesarios para recuperar saldo en nuestro carnet.
  9. Los patinetes eléctricos se consideran como un vehículo más. La nueva Ley de Tráfico incluye también a los patinetes eléctricos y otros elementos de movilidad de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos cuya velocidad máxima está entre 6 y 25 km/h. A partir del 21 de marzo, los conductores de estos vehículos estarán obligados a utilizar casco y no podrán circular por aceras ni zonas peatonales (tampoco en autopistas o autovías).
  10. Prohibidos los detectores de radares: Los inhibidores y detectores de radares estarán prohibidos con la nueva Ley de Tráfico estén o no conectados y llevarlos en el vehículo supondrá la pérdida automática de 3 puntos.