La DGT anuncia (de nuevo) que las motos podrán circular por el arcén

Jaime Ramos

28 de diciembre de 2020

La DGT ha anunciado que se va a permitir a las motos la circulación por el arcén en determinadas circunstancias. Se trata de un avance para un 2021 que viene cargado de reformas. La intención de permitir que las motos puedan circular por el arcén no es nueva. El ente público lleva años incluyéndola entre sus planes, sin que haya cuajado.

Motos por el arcén, una reforma que se remonta a 2008

Como ya os contamos en su día en Circula Seguro, la actualización normativa para poder ver a los motos por el arcén data de más de una década. En 2012 reseñamos los pormenores de un debate que, como indicábamos, se había iniciado en 2008, con el Plan Estratégico de Seguridad Vial para Motocicletas.

Por entonces, veíamos algunas modificaciones que han terminado materializándose, como la reducción de la velocidad en vías convencionales a 90 km/h. Sin embargo, otras tanta han quedado en el tintero, como el caso de la regulación específica de las motos por el arcén o, cómo leíamos en 2012, «la autorización de maniobras de filtrado o circulación por el arcén en caso de retenciones de tráfico».

Como vemos y analizaremos más adelante, se trata de facilitar la circulación en caso de atasco o retención. Esta es la clave de una reforma que el sector de la moto lleva reclamando años y que se ha demorado hasta nuestros días.

Circulación entre coches en Francia

Al contrario que ha sucedido en España, en algunos países europeos sí se han adelantado a aplicar medidas similares. En Francia, por ejemplo, plantearon en 2016 la circulación de motos entre coches en vías rápidas como medida experimental en París y alrededores.

Para circular de este modo es preciso que se haga en autovías o carreteras con más de tres carriles. La medida coincide con el permitir que las motos vayan por el arcén en el hecho de que se persigue una mejora de la fluidez del tráfico, sin comprometer la seguridad.

En España, una moto no puede ir por el arcén, un ciclomotor sí

Motos por el arcén

En España hasta la fecha no se pueden acometer maniobras análogas. En el caso de la circulación por el arcén, el Reglamento General de Circulación establece las pautas para los diferentes vehículos.

Según el texto legal, los ciclomotores con una velocidad de hasta 45 km/h tienen la obligación de usar el arcén en sus desplazamientos. La cosa cambia para las motos, que quedan excluidas de ese territorio.

El sentido de la norma es evitar situaciones como un cruce inesperado e indeseado en la trayectoria de vehículos de mayor tamaño y potencia. Claro que, en caso de retención, las velocidades son mínimas y puede que cobre sentido la reclamación del mundo de la moto de permitir que se pueda usar el arcén. Hasta ahora, los artículos 82, 83 y 85 del mencionado Código de Circulación relataba las excepciones contempladas para los adelantamientos:

  • La norma general para los adelntamientos es efectuarlo por la izquierda.
  • Como excepción «(…) existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado (…).
  • En poblado, «en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha a condición de que el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios».

Por el arcén sin superar los 40 km/h


Aunque el arcén es territorio vedado para las motos (salvo en circunstancias concretas, como avería o desdoblamiento de carriles) no es una práctica infrecuente en algunas ciudades, como tampoco lo es la sanción de multa de 200 euros que lleva asociada. En los últimos años, hemos podido ver campañas en las que la Guardia Civil explicaba los riesgos que tienen, en general, las motos por el arcén.

Esta vez, ha sido el Subdirector de movilidad de la DGT, Jorge Ordás, el encargado de adelantar que van a trabajar para que las motos puedan circular por el arcén «en zonas frecuentemente congestionadas y en coordinación con el titular de la vía».

La velocidad máxima estará limitada a 40 km/h. Con esto pretendemos que las motos no circulen entre los coches, evitando situaciones de riesgo que se puedan crear.

Objetivo: reducir la siniestralidad de las motos

Motos en semáforo

Reformas de este tipo no pretenden otras cosa que explorar vías para invertir la tendencia estadística con las motos. Los datos de siniestralidad no dejan de preocupar.

Y es que, según el estudio de la OCDE, Safer City Global Benchmarking for Urban Road Safety, en la actualidad existe un riesgo de fallecer 17 mayor en moto que en coche por cada kilómetro que se recorre. Esta cifra casi se duplica en vía urbana, alcanzado un riesgo 32 veces superior. Se trata del vehículo con mayor riesgo asociado, más que el de los ciclistas y el de los peatones.

Si nos centramos en España, los datos más reciente que tenemos son los de 2019. En este año fallecieron 417 motoristas, un preocupante incremento con respecto a 2018, en el que hubo 58 vidas menos que se perdieron.

Esto contrasta con la creciente popularidad de la moto en España, que ha visto cómo en la última década las matriculaciones se han incrementado. Tanto que el número de motos hoy es un 38% superior al de hace 10 años.

Quizá por eso la DGT pretende adelantar novedades legislativas que protejan al colectivo. Es el caso de regular los intercomunicadores o la obligatoriedad del uso de los guantes. Esta última medida, por cierto, también se piensa introducir al tiempo que se permite la circulación de motos por el arcén.

En Circula Seguro | Las motos también poseen (y necesitan) integrar los sistemas ADAS

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