¿Existe límite de velocidad para las bicicletas?

M. Martinez Euklidiadas

17 de marzo de 2021

La velocidad máxima a la que se puede circular con un vehículo suele plantear dudas, más aún si se trata de un vehículo poco usado, como es el caso de la bicicleta. ¿Cuál es el límite de velocidad para una bicicleta? ¿Hay una velocidad mínima estipulada? ¿Cambia la velocidad máxima si la bicicleta es eléctrica? Resolvemos algunas dudas.

¿A qué velocidad máxima puede circular una bicicleta en poblado?

La bicicleta es un vehículo y esto significa que debe cumplir con las mismas normas de circulación que el resto. En poblado (urbano), las bicicletas tendrán como velocidad máxima la velocidad máxima genérica de la vía. A saber:

  • En las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h.
  • En las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h.
  • En las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite será de 50 km/h.

A esto se suman las restricciones en materia de velocidad anunciadas por las señales de velocidad máxima específica. Por ejemplo, las que se ven cerca de colegios o en zonas con vados. Independientemente de la velocidad máxima genérica, una bicicleta no podrá superar la velocidad máxima específica de ninguna vía, dentro o fuera de poblado.

Bicicletas con motor: ¿a qué velocidad máxima pueden circular?

Cada vez es más frecuente ver bicicletas eléctricas en las calles. Combinan las bajas emisiones y la realización de ejercicio de las bicicletas convencionales con sistemas de asistencia al pedaleo que facilitan su uso por parte de todo tipo de colectivos. Sin embargo, en el Reglamento General de Circulación las bicicletas eléctricas, con motor o con asistencia al pedaleo no aparecen reflejadas.

Esto significa que las bicicletas motorizadas deberán cumplir las mismas condiciones que las convencionales y que cualquier otro tipo de vehículo urbano, pudiendo alcanzar una velocidad máxima de 50 km/h según el tipo de vía (listados arriba).

Dicho esto, las diferentes ordenanzas municipales pueden reducir todas estas cifras. En ciudades como Bilbao (País Vasco) la velocidad máxima en la ciudad es de 30 km/h, lo que aplica a todos los vehículos. Poco importa que la bicicleta disponga de asistencia a pedaleo o que haya dos carriles por sentido: ninguna bicicleta puede superar los 30 km/h.

¿A qué velocidad máxima puede circular una bicicleta fuera de poblado?

límite de velocidad para bicicleta

La velocidad máxima para las bicicletas que circulen fuera de poblado será, en principio, de 45 km/h. Así aparece reflejado en el Artículo 48 del Reglamento General de Circulación. Sin embargo, en el mismo artículo se menciona que “los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad máxima en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior”. Por ejemplo, a lo largo de una bajada pronunciada.

Por descontado, esta limitación genérica quedará invalidada si aparece una señal de velocidad específica máxima. Si una bicicleta puede alcanzar los 55 km/h en bajada, pero la vía está señalizada a 50 km/h, la bicicleta tendrá que frenar para adaptar su velocidad.

¿A qué velocidad mínima puedo circular con una bicicleta?

Otra pregunta frecuente es la de la velocidad mínima en bicicleta. La duda deriva del hecho de que no todos los usuarios pueden mantener una velocidad de pedaleo elevada. Como norma general, la velocidad mínima es la mitad de la velocidad máxima, lo que en poblado obligaría a muchos ciclistas a pedalear a un mínimo de 25 km/h en las calles de 50 km/h. Esto, obviamente, no se aplica.

Si bien en el Artículo 49 del Reglamento General de Circulación se lee que “no se deberá entorpecer la marcha normal de otro vehículo circulando sin causa justificada a velocidad anormalmente reducida”, se entiende como causa justificada la imposibilidad de pedalear más rápido. Por lo tanto, la velocidad mínima de pedaleo dependerá de las capacidades de las personas que hagan uso de este transporte. Esto significa que, en la práctica, no hay velocidad mínima para bicicletas.

¿A qué velocidad máxima pueden circular los patinetes?

límite de velocidad para bicicleta

Los patinetes y otros vehículos de movilidad personal (VMP) también se ven sujetos a la normativa. De acuerdo con la Dirección General de Tráfico (DGT), “un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h”.

Esto significa que ningún VMP podrá superar los 25 km/h en circulación y que, si lo hace, se está hablando de otro tipo de vehículo. Por debajo de 6 km/h tienen la consideración de “juguetes” y, por tanto, no pueden ser usados para circular.

Por descontado, los VMP deberán adaptarse a la velocidad de la vía, tal y como refleja el Real Decreto 970/2020. Así, en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h, independientemente del vehículo utilizado. Respecto al uso de aceras, desde la DGT insisten en que los patinetes no pueden circular por la acera.

El objetivo de esta decisión es proteger al peatón como usuario vulnerable. Aunque también es existe un riesgo para el usuario de VMP respecto a otros vehículos, como los turismos. El informe ‘Pruebas de choque (crash-tests) de patinetes eléctricos y riesgos asociados a su proceso de recarga: recomendaciones para un uso seguro’ (2021), de MAPFRE, ahonda en este hecho.

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Imágenes | Yuni Martin, JavyGo, Tom Wheatley, Okai Vehicles, Mark Stosberg