¿En qué consisten las modificaciones del carné por puntos?

M. Martinez Euklidiadas

7 de abril de 2021

El 16 de marzo de 2021 el Consejo de Ministros aprobó un proyecto de ley para mejorar y actualizar el sistema de permiso y licencia por puntos (carné por puntos) con el objetivo de mejorar la seguridad vial. En este proyecto de ley se pone foco en los comportamientos que generan un mayor riesgo para otros usuarios de la vía, como el uso del móvil.

Aunque no todas las medidas son de carácter punitivo por saltarse las normas viales y poner en riesgo a otras personas. También se impulsan los cursos de conducción segura de cara a mejorar la educación vial de los conductores y evitar así futuras sanciones, algo que ya se había contemplado previamente.

¿Qué cambiará en la Ley sobre Tráfico?

El texto refundido de la ‘Ley sobre Tráfico’, que recopila textos sobre circulación, conductores, autoescuelas, procedimientos sancionadores y otros relacionados con la movilidad, cambia en algunos puntos de forma moderada. Según el resumen que hace la Dirección General de Tráfico (DGT) en su página web:

  • Se unifica en un plazo de dos años sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo de puntos. Hasta ahora la legislación era engorrosa.
  • Ahora llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros será una infracción grave. Antes lo era utilizarlos, por lo que se endurece su persecución. Se mantiene la pérdida de tres puntos.
  • Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas rebasen en 20 km/h los límites genéricos de velocidad al adelantar en carreteras convencionales. La maniobra implicaba un elevado riesgo.
  • No usar de forma adecuada el cinturón de seguridad implicará perder 4 puntos del carné en lugar de 3. Lo mismo aplicará a sistemas de retención infantil y otros elementos de protección.
  • Conducir con un teléfono móvil en la mano implicará una pérdida de 6 puntos del carné en lugar de 3. El 3% de los conductores sigue haciendo uso del móvil al volante, a pesar del riesgo que presenta.

modificaciones del carné por puntos

Cursos para recuperar puntos perdidos

Dentro de las modificaciones de la Ley sobre Tráfico también se contempla la recuperación de puntos del carné. Hasta ahora ya era posible recuperar en dos años hasta 12 puntos del carné si no se era sancionado en firme en vía administrativa. Una cifra que ascendía a tres años en caso de que la pérdida previa fuera por infracciones muy graves.

Con la nueva normativa se podrán superar cursos de conducción segura aprobados y regulados para recuperar puntos extra. Siempre que se cuente con al menos un punto, se compensará con 2 puntos hasta haber obtenido un máximo de 15 puntos y con un máximo de un curso de conducción segura cada dos años.

Sin embargo, dado que aún está por definir en qué consistirá la regulación de estos cursos, esta medida quedará en espera durante un tiempo. Será necesario establecer unas condiciones mínimas a cumplir por los cursos de conducción, como estándares y métodos de evaluación objetivos.

Es posible que esta medida no esté disponible hasta dentro de unos años, dado que, una vez definidos estos puntos, las diferentes escuelas de conducción segura tendrán que adaptar sus contenidos y sistemas de evaluación.

Copiar en el examen de conducir: infracción muy grave

El fraude más frecuente en la prueba de obtención del carné de conducir es el uso de “dispositivos de intercomunicación no autorizados”. Copiar haciendo uso de llamadas, vaya. A partir de ahora se tipificará como infracción muy grave participar en estos fraudes que ponen en peligro la seguridad vial. Esta infracción va acompañada con una multa de 500 € y la imposibilidad del aspirante de volver a presentarse en estas pruebas en un plazo de seis meses.

¿En qué estado se encuentra esta propuesta?

El proyecto de ley obtuvo en 2020 los informes favorables de los ministerios de Hacienda, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Trabajo y Economía Social, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Política Territorial y Función Pública, así como del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Ya fue aprobado en primera vuelta por el Consejo de Ministros el pasado 10 de noviembre de 2020 y enviado a Las Cortes para su aprobación definitiva en marzo de 2021. Tras esta tramitación parlamentaria y aprobación, se ha modificado la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015).

El 17 de marzo de 2021 se publicaban en el BOE cambios en algunas de las normas del Código de Tráfico y Seguridad Vial, como es el caso del Reglamento General de Circulación, entrando estos cambios en vigor el 1 de julio de 2021.

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