¿Son legales los intercomunicadores para moto? Es una pregunta sencilla, pero de complicada respuesta. Durante la pasada década, vimos algún intento por parte de las autoridades de dotar de marco legal a este gadget, común y extendido en el mundo de la moto. Por fin, a principios de este año, la DGT expresó la intención de regularlos. Sin embargo, el covid-19 ha truncado la reforma.
El máximo responsable de la unidad normativa de la DGT, Javier Villalba, apuntaba en octubre de 2019 que los intercomunicadores para moto se movían en una zona más cercana a la ilegalidad que a la legalidad, pero «estaba previsto legalizarlos en unos meses». La crisis sanitaria, en la que la moto ha jugado un papel relevante, ha vuelto a a dejar pendiente de reforma a los intercom.
¿Qué son los intercomunicadores para moto?
Antes de nada, resulta útil definir en qué consisten estos dispositivos que viajan en el casco de los motoristas. Para empezar, pueden venir integrados de serie en el casco o añadirse de forma independiente. La función que define a los intercomunicadores para moto, también conocidos como intercom, es la de permitir la comunicación entre el conductor y el copiloto; o con el conductor y el resto de conductores de moto.
Sin embargo, presentan otras tantas prestaciones para sus usuarios. Por ejemplo, es posible escuchar música con ellos o usar el GPS a través de diferentes apps. Para poder nutrirse de energía se valen de una batería con más o menos horas de autonomía.
En el mercado existen una gran oferta y variedad de intercomunicadores para moto, en un margen de precios también heterogéneo. Los conductores valora como un aspecto positivo la calidad del sonido que ofrecen durante la conducción.
Cómo funcionan los intercom en el casco
La inmensa mayoría se vinculan al smartphone mediante bluetooth. Su funcionamiento resulta muy sencillo. Suelen contar con un botón para poder comunicarse con el otro pasajero de la moto, o con otros motoristas. La distancia entre estos últimos a la hora de establecer el contacto es un valor muy importante y depende del tipo de intercom.
Existen modelos capaces de ofrecer hasta 1,2 kilómetros de alcance. De hecho, también hay dispositivos que permiten la conectar en vivo, no solo con una sola persona, sino con varias, en modo conferencia en tiempo real entre varios conductores.
¿Me pueden sancionar por usar un intercomunicador en moto?
La legalización de los intercomunicadores para moto se ha ido retrasando en diferentes momentos de nuestra historia reciente. Ante el vacío legal que presentan, se han podido ver casos en los que se ha sancionado su uso por parte de los agentes con multa de hasta 200 euros y pérdida de tres puntos del carnet.
Al mismo tiempo, se han dado varios casos en los que las autoridades judiciales han fallado a favor de su utilización. Para entender esta la complejidad y las dudas sobre su legalidad hay que acudir al artículo 18.2 del Real Decreto 1428/2003, el Reglamento General de Circulación:
- Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.
- Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
¿Se legalizarán los intercomunicadores?
Como se puede comprobar, la norma no termina de posicionar de forma precisa el papel de los intercom. Se combinan dos cuestiones: la prohibición del uso de auriculares y lo relativo a el tipo de uso que se le dé al intercomunicador.
Este último punto es muy complicado de medir. En teoría, si el uso del intercomunicador supone un riesgo de distracción de la conducción se podría considerar como un dispositivo ilegal. Por el contrario, sacar partido de sus funciones como si se tratase de un manos libres no estaría reñido con la norma. A efectos prácticos y de seguridad vial, los motoristas los valoran porque propician realizar avisos en carretera (como por ejemplo, alertar a otro conductores de un posible peligro).
Las tiendas especializadas en intercom suelen lidiar con estos últimos puntos, advirtiendo a los compradores de la situación alegal en la que se mueven.
Esta realidad es la que hace aconsejable que, tarde o temprano, llegue la reforma que atañe a los intercom. Acercar con una fecha parece difícil. Sin embargo, la DGT ya ha mostrado interés por retomar el asunto. Además, el ente público ha señalado, como punto positivo para legitimar su uso porque que no hay voces discordantes que no los apoyen.
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