Conductor de furgonetas en funciones

Morrillu

27 de octubre de 2010

La semana pasada por motivos laborales me toco hacer un transporte de materiales de la empresa a una obra que tenemos en Cantabria. Como era bastante material, decidí llevar una de las furgonetas de la empresa en vez de hacerlo con mi propio coche. Normalmente evito coger cualquier vehículo de los demás a no ser que lo conozca mucho porque no me siento muy seguro al volante de un posible ataúd con ruedas del que desconozco el mantenimiento.

Por suerte, la furgoneta que utilicé tenía escasamente un mes y aunque alguno de mis compañeros sea un poco bruto, por decirlo finamente, no podían haber destrozado algo todavía. Así que una vez cargada y correctamente asegurada, puse rumbo a la autopista. Ojo, no me olvidé de regula correctamente todo: espejos, asiento, volante y familiarizarme con la ubicación de los mandos.

El primer detalle que observé es que la furgoneta era un vehículo mixto pero no disponía de jaula de separación para la carga. Muy mal por parte de la empresa de alquiler que te facilitan un vehículo para el transporte de carga sin las protecciones pertinentes. Ya empezaba a temer por mi seguridad y todavía no había recorrido el primer kilómetro saliendo del polígono donde está mi empresa.

De la que esperaba en un semáforo, aprovechar para tirar de mi archivo cerebral y recordar lo que me enseñaron hace trece años en la autoescuela sobre las limitaciones de velocidad de los distintos vehículos en función del tipo de vía por la que se circula. Así recordé que los vehículos mixtos tienen una velocidad máxima legal de 100 km/h en autopista, 90 km/h en carretera con arcen pavimentado de más de metro y medio o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación y 80 km/h en el resto de carreteras.

Ya en la autopista, el primer tramo está limitado a 100 km/h debido a la gran cantidad de túneles por lo que más o menos todos circulábamos a la misma velocidad. Sin embargo, en cuanto el límite se restableció a la velocidad genérica de 120 km/h, empecé a darme cuenta que era el único usuario de la vía con ese tipo de vehículo que iba respetando la velocidad.

Es más, me adelantaban cantidad de furgones, cuya velocidad está limitada a tan sólo 90 km/h que superaban ampliamente su velocidad permitida. Yo no iba con la furgoneta excesivamente cargada pero notaba su comportamiento inestable respecto a un coche y sus mayores inercias. Incluso vacío a la vuelta su comportamiento era todavía más tosco, con una suspensión trasera rebotona ya que está preparada para llevar más peso sobre el eje y ahora iba muy suelta.

Me imagino que estos conductores se escudan en que los radares fijos no hacen distinción en el tipo de vehículo, independiente de si son turismos o motocicletas por lo que pueden circular a 120 km/h impunemente, sin saber que pueden poner en peligro tanto al resto de usuarios como a ellos mismos.

No tuve más remedio que acordarme de los dos posts que nos contaba Josep hace algo más de un año en el Diario de un conductor de furgonetas blancas™ (1) y (2) y pensar que no se había confundido ni un poco.

Sano y salvo ya en casa pensé que no me gustaría nada ser repartidor. Iba a ser el más lento de la zona y sólo podría llevar conservas para que no me caducase el producto antes de llegar al destino.

Foto | satguru