Andamos estos días consternados con *la muerte de tres cicilistas* que el pasado miércoles fueron arrollados por una furgoneta en la carretera N-340 mientras entrenaban en grupo a su paso por la localidad tarraconense de Mont-roig del Camp. La N-340 es la carretera que une Barcelona con Cádiz y que en Tarragona goza de verdadera mala fama por su *elevada concentración de siniestralidad*.
Mientras se determinan cuáles fueron las causas exactas del atropello, que al parecer se puede achacar a una distracción o a una imprudencia del conductor de la furgoneta, creo que *la creciente siniestralidad de los ciclistas merece una solución* algo más elaborada que un puñado de artículos desparramados por el Reglamento General de la Circulación que pocos conductores conocen y menos aún los respetan.
Quizá hubo un tiempo en el que salir a la carretera en bicicleta no suponía mucho más que lidiar con algunos vehículos, mirar de vez en cuando que ningún camión se acercara peligrosamente y seguir cada uno a lo suyo, pero los tiempos han cambiado. Precisamente la *vulnerabilidad de los ciclistas* y quizá una cierta presión del colectivo de las dos ruedas sin motor hicieron recomendable incluir en el Reglamento unos artículos ya esbozados en la Ley 19/2001 que garantizasen hasta cierto punto la seguridad de los conductores de bicicletas.
En ese sentido se dispuso que a la hora de adelantar en carretera a una bicicleta (y en general a cualquier vehículo de dos ruedas, peatón, animal o vehículo de tracción animal) *habría que dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros invadiendo total o parcialmente el carril contiguo* y que estos adelantamientos se podrían realizar a bicicletas, ciclomotores, peatones, animales o vehículos de tracción animal incluso *donde estuviera prohibida la maniobra de adelantamiento* siempre a condición de hacerlo en condiciones de seguridad cuando por la velocidad a la que circulasen estos vehículos pudieran ser avanzados sin riesgo.
Bien, pues apenas se ven conductores que hagan caso a estas normas, más que nada *por desconocimiento* (la de veces que me habrán abroncado otros conductores por adelantar a un ciclista rebasando una línea continua) y porque en ocasiones realizar correctamente la maniobra *entraña una dificultad* que no todos los conductores están dispuestos a encajar, de manera que pasan por el lado del ciclista ignorando que el aire que desplazan con su vehículo puede tumbarlos.
Y, fiel como soy a mi especial visión de las cosas, entiendo que en este caso ocurre eso que sucede en tantas otras ocasiones, que *una cosa es legislar y otra muy diferente es conseguir que se cumpla con lo que se legisla*. Y cuando esto último no es posible en un entorno como el actual, en el que la vigilancia del tráfico se restringe a unos pocos factores de riesgo muy concretos, sigue quedando en el aire la causa que motivó el redactado de la Ley.
En otras palabras, me pregunto: ¿una solución que no se cumple es la mejor de las soluciones?
Siempre he pensado que cuanto mayor es la disparidad de velocidades entre dos vehículos, mayor es el riesgo de que sobrevenga una colisión. Por la causa que sea. Simplemente, *un vehículo que se acciona con el esfuerzo muscular* no puede compararse con *un vehículo autopropulsado*. Ni por masa ni por capacidad de aceleración ni por la velocidad que cada uno de ellos puede alcanzar. Simplemente no tienen nada que ver y es peligroso que compartan un mismo espacio, aun imponiendo ciertas normas que, como digo, tampoco es que se respeten.
De hecho, antes de incluir en el vigente Reglamento las normas dirigidas a todos los conductores se promulgó en España una Ley, la 43/1999, que hablaba precisamente de soluciones para afrontar el problema «desde un punto de vista meramente físico como desde una perspectiva jurídico-formal», y se refería a la creación de nuevas vías ciclistas y a la regulación de la circulación de estos vehículos. Y quizá es en este punto donde se perdió la pista de *lo que podría haber sido y nunca fue la seguridad para el ciclista*.
Hay un tipo de vía ciclista que garantiza realmente la protección del conductor de bicicletas frente a otros vehículos. Se trata de la *senda ciclable*, «una vía para peatones y ciclos, *segregada del tráfico motorizado*, y que discurre por espacios abiertos, parques, jardines o bosques». Son muchas las carreteras que podrían contar con una senda ciclable como alternativa para que los ciclistas pudieran desplazarse sin correr riesgos tan innecesarios como evitables.
Siempre habrá quien diga que *no es posible ejecutar esta solución en todas las carreteras*, y seguramente tendrá razón, pero hay miles de vías en las que es posible separar completamente las bicicletas del tráfico motorizado, entre ellas, la N-340 a su paso por Tarragona. ¿Por qué no se hace algo así allá donde sí sea posible?
Foto | Mike Baird
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