RSS for this search results Tag: Código Penal

01 mayo 2008

Conducir sin carnet ya es un delito

Hunaudieres

carnet de conducir.jpg

¿Has perdido todos los puntos de tu carnet y aún así sigues conduciendo como hasta que te retiraron el carnet? ¿Nunca has pasado por la autoescuela por lo que no tienes carnet pero usas tu vehículo sin ningún problema? Pues a partir de hoy puedes tener muchos problemas, estás más cerca de la cárcel o de ser bastante más pobre.

Este tipo de conductores son conocidos como furtivos, de los que cada año las autoridades cazan a 25.000 de ellos, lo cual implica que serán muchos más que esa cantidad los que lo hacen. Aunque esto es como las manifestaciones, unos dicen que 5 millones otros que 400.000. En definitiva, demasiados “conductores” que creen estar por encima de las leyes, leyes que el resto tratamos de cumplir.

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21 marzo 2008

La historia del conductor cazado a 260 km/h: ahora es él el que pide una indemnización al Estado

Daniel Seijo

Audi A8 260 km/h

Hace algo más de dos años, en Febrero de 2006, Constantino G.S. fue fotografiado por un radar a 260 kilómetros por hora en una autopista, la velocidad más alta detectada por un radar al menos hasta ese momento.

Este caso ha sido utilizado por la DGT como ejemplo de conducción temeraria, de hecho la fotografía del Audi A8 es una de las que utiliza la DGT para ilustrar algunas de sus comunicaciones.

Además de la sanción administrativa, este conductor tuvo un proceso penal del que finalmente salió absuelto, ya que el juez afirmó que “no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto”, condición necesaria para procesarlo por conducción temeraria. Es importante recalcar que esta decisión se tomó en base al Código Penal anterior, con la reforma del Código Penal en materia de tráfico que entró en vigor este año la sentencia hubiera sido distinta, ya que se considera el hecho de circular a más velocidad de la permitida un delito, independientemente de que sea conducción temeraria o no.

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26 enero 2008

180 personas en la cárcel por delitos de tráfico

Daniel Seijo

carcel

Hemos hablado en varias ocasiones sobre la reforma del Código Penal y las implicaciones que ésta tendría a la hora de castigar delitos de tráfico con penas de prisión. Las primeras informaciones alertaban de que “todos podríamos ir a la cárcel si nos pasamos un límite de velocidad”, aunque haciendo un estudio más profundo del tema comprobamos que no es así: habrá más penas de cárcel que antes para faltas graves pero no será tan masivo.

Lo que nos podemos preguntar ahora es cuánta gente hay realmente en prisión por delitos de tráfico. Según la Fiscalía General del Estado, actualmente en España 180 personas cumplen pena de prisión por delitos relacionados con el tráfico, y esta misma fente afirma que “gran parte” de estas persons lo están por delitos cometidos desde la entrada en vigor de la reforma, el pasado 2 de Diciembre de 2007. Aunque no se aclara el porcentaje exacto, sí parece claro que la reforma ha marcado un antes y un después en este aspecto.

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23 enero 2008

Cuatro meses de cárcel por circular a 221 km/h

Daniel Seijo

Foto radar

La reforma del Código Penal empieza a dar sus frutos a la hora de actuar contra aquellos que se pasan por mucho los límites de velocidad.

Un ciudadano portugués de 33 años fue detenido en la autovía A-5 (Extremadura) después de que el radar detectara que circulaba a 221 km/h en una zona limitada a 120 km/h.

Pasó la noche en el cuartel de la Guardia Civil, y fue condenado a cuatro meses de prisión y retirada del carné durante dos años en el juicio rápido celebrado al día siguiente.

Sabemos que probablemente pueda conmutar esta pena de prisión por trabajos comunitarios, si es que no tiene antecedentes penales. No ocurre lo mismo con la retirada del carné.

Vía | La Vanguardia
En Circula Seguro | ¿Todos a la cárcel? Ni de coña, Reforma del Código Penal en materia de tráfico

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21 enero 2008

Las carreras ilegales serán investigadas por internet

S Marcus

Las carrera ilegales por las ciudades

La muerte de un matrimonio en Vigo la semana pasada durante el transcurso de una carrera ilegal, ha encendido definitivamente las alarmas sobre este tipo de “competiciones” callejeras.

El fiscal delegado de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha confirmado que la Policía Judicial tiene orden expresa para investigar en internet los vídeos de carreras ilegales de coches que se celebran en España.

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18 enero 2008

Los simuladores de conducción ebria llegan a la universidad

Hunaudieres

simulador.jpg

Las cifras hablan por si solas. Durante 2007, 1700 conductores fueron detenidos por conducir con una presencia de alcohol en sangre superior a los límites establecidos por el código penal, y por otro lado 3 de cada 10 fallecidos había bebido. A pesar de esas cifras durante 2007 se produjo un descenso de un 10% en las victimas de accidentes en el horario comprendido entre las 00:00 y las 7:00, quizás la franja horaria en donde el alcohol puede hacer más daño. En resumidas cuentas, el alcohol es determinante cuando hablamos de accidentes.

Para que estas cifras sigan bajando el RACE y la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid han colocado dos simuladores en donde los estudiantes podrán experimentar las consecuencias de conducir ebrio. La concienciación de los más jóvenes es un paso fundamental para que en el futuro el número de accidentes y víctimas siga bajando.

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14 enero 2008

Reino Unido: provocar una muerte implicará ir directamente a la cárcel salvo por neglicencias leves

Daniel Seijo

Policía inglesa

El mes pasado hablábamos sobre la reforma del código penal británico que endurecía las penas para todos los delitos relacionados con el tráfico.

Parece ser que, respecto a las primeras informaciones que se publicaban, se van a suavizar algunos aspectos, lo que no quita que siga siendo una legislación fuerte.

En el caso de provocar una muerte en carretera, se contempla el caso de producirse por un error leve y no reiterado, que sir Igor Judge (vicepresidente del SGC) explica de la siguiente forma:”a veces la muerte se produce por un pequeño error de juicio, que cualquier conductor, al margen de lo experimentado que sea, puede cometer”. Para estos conductores, la cárcel se podrá sustituir por trabajos para la comunidad, siempre que no haya agravantes como la velocidad o el alcohol.

Fuera de esta salvedad no se podrá evitar la cárcel. Las penas serán de hasta 14 años si hay varias víctimas y agravantes como el alcohol y la velocidad. Quizás por aquí necesitaríamos la misma dureza para trata de erradicar neglicencias temerarias como la de este fin de semana.

Vía | El Mundo Motor
En Circula Seguro | La reforma del código penal británico castigará con 3.500 euros al conductor que salpique a un peatón…

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31 diciembre 2007

¿Por qué alcohol y conducción son incompatibles?

Josep Camós

Control de alcoholemia

A los pocos días de la implantación del nuevo Código Penal comentábamos que el 98% de las diligencias abiertas por delitos contra la seguridad del tráfico correspondían a excesos con el alcohol. Por ese motivo, quizá sea bueno recordar por qué conducir y beber son dos actividades incompatibles.

Para comenzar, no está de más recordar que el alcohol es una sustancia que, una vez ingerida, atraviesa las paredes del estómago y el intestino y se distribuye por todo el cuerpo a través de la sangre hasta que el hígado la metaboliza y desaparecen sus efectos sobre el organismo.

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29 diciembre 2007

La reforma del código penal británico castigará con 3.500 euros al conductor que salpique a un peatón...

Josep Camós

Bobbies

... y llevará a la cárcel a quien cambie repentinamente de carril, a la brava y sin avisar. Si esta noticia hubiese salido ayer aquí, todo el mundo habría pensado que se trataba de una inocentada, pero no. Va en serio, muy en serio: la reforma legal de Gran Bretaña llevará a la cárcel a los conductores ingleses o galeses que hablen por el móvil, lean un mapa al volante o se piquen con otros conductores. Dos años a la sombra por estos delitos y cadena perpetua para el conductor que sea hallado culpable de causar la muerte a otras personas: el accidente pasará a ser considerado asesinato.

En cuanto a las sanciones económicas, aparte del asunto de mojar al prójimo tras pasar por un charco (en un país que vive con el paraguas colgado del brazo, por cierto), están otras situaciones valoradas en 3.500 euros: despistarse por encender un cigarrillo, distraerse al sintonizar la radio o programar el GPS en marcha merecerán la consideración de “conducción descuidada”. Los autobuseros también podrán ser sancionados con la misma cantidad si crean alarma entre los pasajeros que transporten. Es lo que se denominará “conducción desconsiderada”.

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26 diciembre 2007

¿Todos a la cárcel? Ni de coña

Josep Camós

Prisión

Uno de los comentarios que suscitó la reforma del Código Penal fue que el nuevo escenario legal supondría llevar a todo el mundo a pasar una temporada a la sombra, por aquello de que nadie conduce correctamente y todo hijo de vecino pasaría a ser criminal de guerra con sólo salir a la calle.

Nada más lejos de la realidad. El delegado de Seguridad Vial de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, José Poyatos, lo deja claro en esta entrevista: los medios de comunicación magnifican el contenido de esta reforma legal, pero resulta que las cárceles ya están demasiado llenas.

Entonces, ¿a qué viene tanto ruido con la reforma del Código Penal en materia de seguridad vial? Si no se puede entrullar a cualquier Filomeno por conducir beodo o por circular a lo que dé el acelerador de su coche, ¿de qué estamos hablando?

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