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20 septiembre 2008
Circulación y seguro para automóviles históricos

Siempre he querido tener un vehículo clásico en mi pequeño garaje, y siempre me ha intrigado cuales son los derechos y deberes que tengo que cumplir para poder circular legalmente por carretera con uno de ellos. Ya sea un coche, moto, camión e incluso un vehículo agrícola; todos deben tener un mínimo de documentación para poder circular fuera de recintos de exposición.
Y ¿qué es un vehículo histórico? Según el Real Decreto 1247/1995 de 14 de julio, define como vehículo histórico a todo aquel que tenga una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de su fabricación. Si ésta no se conociera, se tomaría la fecha de su primera matriculación o en su defecto, la fecha en que ese modelo concreto se dejó de fabricar. Las piezas de estos vehículos tienen que ser originales o en su defecto, réplicas contrastadas de las originales.
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