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27 enero 2010
La degradación de las matrículas y el uso de las "Ecoplacas"

No hace mucho, asistiendo a un rally en la Comunidad de Madrid con un amigo, el Guardia Civil que nos indicó donde debíamos aparcar también se fijó en el estado de la matrícula trasera del coche de mi amigo. El color de alguno de los números estaba roído, a pesar de que la antigüedad del coche superaba por poco los dos años.
En una provincia como la Comunidad de Madrid, el uso de la sal en invierno es casi continuado, y uno de los males que puede provocar es la rápida degradación de éste elemento. El Guardia Civil aprovechó para comentarnos que el mal estado de la matrícula podría ser causa de sanción. Ya estábamos avisados.
Es curioso que un elemento como la matrícula pueda llegar a degradarse con tanta rapidez, quizás uno de los elementos que menos importancia damos en nuestros vehículos. Aunque eso sí, no suele ser muy habitual que el propietario del vehículo la cambie salvo sanción. Otro más pícaros, llegan incluso a repintar los números de la matricula, algo no permitido por nuestra legislación ya que las propiedades de la matrícula deben mantenerse tal cual salen de fábrica y en caso de deterioro no nos queda otra que cambiarlas por nuestra cuenta.
En los últimos tiempos se han venido implantando un nuevo tipo de matrículas, denominadas “ecoplacas” y que en lugar del aluminio que se utiliza en la actualidad están fabricadas a base de materiales plásticos. La matrícula se imprime en un film y posteriormente se lamina sobre una placa de metacriato. La gran ventaja de este tipo de matrículas es que el material soporte actúa como protector ante las inclemencias meteorológicos o la sal.
Además, otra de las grandes ventajas es que en caso de accidente con implicación de peatones, motoristas o ciclistas, este tipo de placas resultan menos dañinas. Por contra, y a pesar de que cuentan con la homologación pertinente, en la actualidad los agentes de la benemérita y los servicios de ITV no son conocedores de ello y están sancionando e imponiendo faltas graves respectivamente por el uso de estas Ecoplacas. El desconocimiento de la ley no implica evadir su responsabilidad. Y en este caso no son los conductores quien desconoce.
Vía | Ecoplaca
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Tags: Ecoplaca, matrícula
Comentarios (5)
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Comentarios
Y yo que creia que eran ilegales. El problema es cuando la benemérita o la ITV te inmovilicen el vehículo por que no saben de la legalidad de este tipo de matrículas.
En ese caso, ¿¿como le demuestras al agente o inspector que tu vehículo esta en regla??
Un saludo
#1 | Escrito por cachitas | 27 ene 2010 12:51:47
Estaría bien si alguien comentase en que norma viene reflejado este extremo, así en el caso de querer poner una de estas placas sabremos con que defendernos.
Saludos.
#2 | Escrito por frankyconcola | 27 ene 2010 21:43:39
en este link de Ecoplaca
http://www.ecoplaca.com/resources/images/191208124918843.jpg
muestran la orden ministerial que permite su uso.
#3 | Escrito por hunaudieres | 27 ene 2010 21:46:01
estaria bien poner un acento tambien en los pivotes de remolques que "no existen" y dañan las placas…aspecto que no es legal llevarlos creo…
saludos
#4 | Escrito por pep | 28 ene 2010 12:44:48
#3 Lo cierto es que la OM con que argumenta Ecoplaca no es nada concreta:
"Se aceptarán las placas de matrícula legalmente fabricadas y/o comercializadas en otro Estado Miembro de la Unión Europea y en Turquía, o fabricadas en un estado integrante de la Asociación Europea de Libre Comercio que sea parte contratante del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, siempre que se reconozca por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, previo informe del Ministerio del Interior, que garantiza un nivel de seguridad pública y de las personas, los bienes o el medio ambiente equivalente a las normas exigidas por la legislación española."
Leído esto, lo que me hace falta a mí como titular de un vehículo para demostrar la legalidad de mi matrícula de plástico es un documento en el que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio reconozca que esa placa garantiza los niveles exigibles en España.
¿Dónde está ese documento?
#5 | Escrito por Josep Camós | 29 ene 2010 08:24:37
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