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19 junio 2009


Transporte de objetos en los vehículos

Morrillu

Transporte

Tengo un compañero de trabajo, Jorge, que le encanta hacer fotografías. Pero lo que todavía le gusta más es hacer fotos de cosas, digamos curiosas, ya sea en la vida cotidiana o dentro del trabajo. El otro día, hizo caer en mis manos un par de ellas en las que se muestra a dos “personajes” transportando objetos dentro de sus coches de la forma más diversa, pero en los dos casos con un denominador común: de forma antirreglamentaria y peligrosa.

En la foto que encabeza la entrada, vemos cual es la forma de trasladar dos tubos de la peor manera posible. Primero, el maletero va sujeto con cinta adhesiva. Parte de la cinta obstaculiza la visión de las luces de freno y por último no lleva la señalización homologada para transportar objetos que sobrepasen la planta del vehículo. Vamos, una joya.

Transporte

En el segundo caso, el vehículo está llevando una desbrozadora, que apenas es visible por lo que el peligro es muy elevado. Además, tampoco está señalizado de ninguna forma. Por lo menos, esta vez el maletero está sujeto mediante un dispositivo elástico.

Para transportar objetos en el coche, lo primero que tenemos que saber es que no podemos transportar mercancías si no disponemos de tarjeta de transporte. Está prohibido el transporte de todo aquello que no sea para uso particular, por lo que si llevas, por ejemplo herramienta de la empresa, te estás arriesgando a una sanción.

Veamos que recoge el Código de Circulación para el transporte de la carga:

ARTÍCULO 14. Disposición de la carga

  • 1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, de tal forma que no puedan:
    Arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa.
    Comprometer la estabilidad del vehículo.
    Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
    Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.
  • 2. El transporte de materias que produzcan polvo o pueden caer se efectuará siempre cubriéndolas, total y eficazmente.
  • 3. El transporte de cargas molestas, nocivas, insalubres o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su acondicionamiento o estiba, se atendrá, además, a las normas especificas que regulan la materia.

ARTÍCULO 15. Dimensiones de la carga

  • 1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.
  • 3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías, la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por ciento de su longitud y si fuera indivisible, un 15 por ciento.
  • 5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
    Cuando el vehículo circule entre la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja. Cuando la carga sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
  • 6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de “V” invertida.

V20

Creo que tampoco es necesario extenderse mucho más allá, pues en los dos artículos anteriores queda perfectamente definido cómo se debe hacer. Aunque lo mejor sería no trasladar objetos que sobresalgan del coche de la forma que vimos en las fotografías. Es mucho más aconsejable, sobre todo en el caso de la desbrozadora, llevarla en una baca. Pero eso si, correctamente sujeta mediante correas específicas para ello. Los pulpos no son una buena idea, y el hilo de bramante (o cáñamo), por favor, dejémoslo para hacer la carne asada…

Fotos | Jorge Alonso Barreales

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