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21 marzo 2008
La historia del conductor cazado a 260 km/h: ahora es él el que pide una indemnización al Estado

Hace algo más de dos años, en Febrero de 2006, Constantino G.S. fue fotografiado por un radar a 260 kilómetros por hora en una autopista, la velocidad más alta detectada por un radar al menos hasta ese momento.
Este caso ha sido utilizado por la DGT como ejemplo de conducción temeraria, de hecho la fotografía del Audi A8 es una de las que utiliza la DGT para ilustrar algunas de sus comunicaciones.
Además de la sanción administrativa, este conductor tuvo un proceso penal del que finalmente salió absuelto, ya que el juez afirmó que “no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto”, condición necesaria para procesarlo por conducción temeraria. Es importante recalcar que esta decisión se tomó en base al Código Penal anterior, con la reforma del Código Penal en materia de tráfico que entró en vigor este año la sentencia hubiera sido distinta, ya que se considera el hecho de circular a más velocidad de la permitida un delito, independientemente de que sea conducción temeraria o no.
La última noticia que nos llega es que, después de su absolución, es él el que ahora reclama 313.454 al Estado por daños y perjuicios. Su abogado ha presentado una reclamación de responsabilidad patrimonial por esa cifra desglosada en tres motivos: el primero son los trece meses que ha estado sin carné de conducir y el perjuicio que eso ha causado en su trabajo, y los otros son los daños morales por quedarse también sin licencia de caza y porque su fotografía apareció en los medios de comunicación.
No deja de ser un caso aislado, llamativo, pero representativo de un grave problema que quizás se haya mitigado con el nuevo Código Penal pero no ha desaparecido: la abismal diferencia entre los límites fijados y la velocidad real de los conductores, y la dificultad de la Administración para hacer cumplir esos límites y castigar a quienes no los cumplen.
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Tags: Código Penal, infracción, radar, velocidad
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